VISTO: La sanción de la ORDENANZA 82/93, por la que se faculta al Depar-tamento Ejecutivo al llamado a licitación pública para el otorgamiento de la concesión para la prestación de los servicios de abastecimiento y distribución de agua potable y desagües cloacales, y CONSIDERANDO: La necesidad de introducir reformas al texto del articulado del Reglamento de dicha ordenanza, POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 3/94 ------------------------------- ARTICULO 1.- Incorpórase al Reglamento de la Ordenanza Nº 82/93 el siguiente ar- ------------ tículo: "Artículo 20º: La Empresa adjudicataria celebrará con la Municipalidad un conve--------------- nio de gestión de cobro de la Tasa por Alumbrado, Barrido y Lim-pieza de la Vía Pública de los contribuyentes del Partido que también lo sean de la Tasa por Servicios Sanitarios. Dicho cobro deberá realizarse en forma conjun-ta con la Tasa por Servicios Sanitarios y será facturado de acuerdo a los montos informados por la Municipalidad. El plazo del convenio será por el término de la concesión".--------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.--------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extra-ordinaria, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y cua-tro. FIRMADO: Doctor Norberto A. Pilone - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRE-TARIO.-------------------------------------------------------------------------